En cumplimiento de las funciones asignadas a la Superintendencia Delegada para el Notariado, se hace necesario comunicar que acorde a lo indicado en el escrito referido, los Notarios del país al momento de facturar servicios de actos notariales correspondientes a enajenaciones de inmuebles a título oneroso o gratuito, deberán detallar en la factura electrónica de venta el número de la Matrícula inmobiliaria y el valor comercial de la transacción cuando se trate de una enajenación de inmueble.
Nota: Los nombres de los atributos son sugerencias, corresponden a la información del Facturador Electrónico