Documentación

RUT - Usuarios aduaneros (Numeral 54)

Codigo Responsabilidad Descripción
A-01 Agente de carga internacional "Persona jurídica cuyo objeto social es la consolidación y desconsolidación de carga internacional, para maximizar el aprovechamiento de rutas y fletes, para lo cual requieren de autorización otorgada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Estos usuarios no pueden ser sociedades de intermediación aduanera, ni Depósitos públicos o privados. Agente de carga internacional"
A-02 Agente marítimo Persona natural o jurídica, representante en Colombia del propietario armador extranjero de un buque que llega a cualquiera de los puertos nacionales o sale de ellos. Su función es adelantar los trámites de ingreso o salida del buque, disponer la provisión de los servicios y abastecimiento que necesite, y cumplir los trámites que fijen los reglamentos ante las autoridades que intervienen en la actividad. Agente marítimo
A-03 Almacén general de depósito Persona jurídica sometida al control y vigilancia de la Superintendencia Bancaria, a quien la Dirección de Impuestos y Aduanas habilita un lugar para cumplir labores de almacenamiento de mercancías bajo control aduanero de cualquier usuario del comercio exterior. Podrán actuar como sociedades de intermediación aduanera, respecto de las mercancías consignadas o endosadas a su nombre en el documento de transporte, siempre que hubieren obtenido la autorización para ejercer dicha actividad por parte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, sin que se requiera constituir una nueva sociedad dedicada a ese único fin. Tienen las mismas obligaciones de los Depósitos públicos. Almacén general de depósito
A-04 Comercializadora internacional (C.I.) Persona jurídica, cuyo objeto social es servir de instrumento de apoyo a las exportaciones, orientando sus actividades hacia la promoción y comercialización de productos colombianos en los mercados externos, para lo cual se requiere contar con la inscripción ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo o autorización otorgada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Comercializadora internacional (C.I.)
A-05 Comerciante de la zona aduanera especial de Inírida, Puerto Carreño, Cumaribo y Primavera Persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que tenga la calidad de comerciante domiciliado en la zona de régimen aduanero especial de Inírida, Puerto Carreño, Cumaribo y La Primavera, y realice importaciones comerciales bajo el régimen aduanero especial de la zona. Comerciante de la zona aduanera especial de Inírida, Puerto Carreño, Cumaribo y Primavera
A-06 Comerciantes de la zona de régimen aduanero especial de Leticia Persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que tenga la calidad de comerciante domiciliado en la zona de régimen aduanero especial de Leticia, y realice importaciones comerciales bajo el régimen aduanero especial de la zona. Comerciantes de la zona de régimen aduanero especial de Leticia
A-07 Comerciantes de la zona de régimen aduanero especial de Maicao, Uribia y Manaure Persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que tenga la calidad de comerciante domiciliado en la zona de régimen aduanero especial de Maicao, Uribia y Manaure, y realice importaciones comerciales bajo el régimen aduanero especial de la zona. Comerciantes de la zona de régimen aduanero especial de Maicao, Uribia y Manaure
A-08 Comerciantes de la zona de régimen aduanero especial de Urabá, Tumaco y Guapí Persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que tenga la calidad de comerciante domiciliado en la zona de régimen aduanero especial de Urabá, Tumaco y Guapi, y realice importaciones comerciales bajo el régimen aduanero especial de la zona. Comerciantes de la zona de régimen aduanero especial de Urabá, Tumaco y Guapi
A-09 Comerciantes del puerto libre de San Andrés, Providencia y Santa Catalina Persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que tenga la calidad de comerciante domiciliado en el puerto libre de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y realice importaciones comerciales bajo el régimen del puerto libre. Comerciantes del puerto libre de San Andrés, Providencia y Santa Catalina
A-10 Depósito público de apoyo logístico internacional Persona jurídica a la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales habilita un lugar a los puertos de servicio público, para el almacenamiento de mercancías bajo control aduanero, de cualquier usuario del comercio exterior. Durante el almacenamiento la mercancía podrá ser sometida a los procesos de conservación, acondicionamiento, manipulación, mejoramiento de la presentación, acopio, empaque, re empaque, clasificación, marcación, preparación para la distribución, reparación o limpieza. No podrá tener adicionalmente la calidad de sociedad de intermediación aduanera, transportador, agente de carga internacional u operador de transporte multimodal. Depósito público de apoyo logístico internacional
A-11 Depósito privado para procesamiento industrial Persona jurídica a la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales habilita un lugar para el almacenamiento de materias primas e insumos que van a ser sometidos a transformación, procesamiento o manufactura industrial, dado que tiene la calidad de usuario altamente exportador o usuario aduanero permanente, autorizado para declarar la modalidad de importación temporal para perfeccionamiento activo procesamiento industrial. No podrá tener adicionalmente la calidad de sociedad de intermediación aduanera, transportador, agente de carga internacional u operador de transporte multimodal. Depósito privado para procesamiento industrial
A-12 Depósito privado de transformación o ensamble Persona jurídica autorizada por el gobierno nacional, para realizar procesos de transformación o ensamble, a la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales habilita un lugar para el almacenamiento de las mercancías de importación que serán sometidas a la modalidad de transformación o ensamble. No podrá tener adicionalmente la calidad de sociedad de intermediación aduanera, transportador, agente de carga internacional u operador de transporte multimodal. La habilitación se hace mediante resolución expedida por la DIAN. Depósito privado de transformación o ensamble
A-13 Depósito franco Persona jurídica natural a la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales le habilita un lugar ubicado dentro de las instalaciones de los aeropuertos y de los puertos marítimos con operación internacional, para el almacenamiento, exhibición y venta a viajeros al exterior de mercancías nacionales o extranjeras. No podrá tener adicionalmente la calidad de sociedad de intermediación aduanera, transportador, agente de carga internacional u operador de transporte multimodal. La habilitación se hace mediante resolución expedida por la DIAN. Depósito franco
A-14 Depósito privado aeronáutico Persona jurídica nacional de transporte aéreo regular de pasajeros y/o carga a la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales habilita un lugar para el almacenamiento de material aeronáutico que venga consignado a dichas empresas. Debe tener igualmente la calidad de transportador nacional del régimen de importación y exportación, y no podrá tener adicionalmente la calidad de sociedad de intermediación aduanera, agente de carga internacional u operador de transporte multimodal. Depósito privado aeronáutico
A-15 Depósito privado para distribución internacional Persona jurídica a la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales le habilita un lugar, para el almacenamiento, conservación, acondicionamiento, manipulación, empaque, re empaque, o clasificación de mercancías extranjeras que serán sometidas prioritariamente a la modalidad de reembarque. No podrá tener adicionalmente la calidad de sociedad de intermediación aduanera, transportador, agente de carga internacional u operador de transporte multimodal. Depósito privado para distribución internacional
A-16 Depósito privado de provisiones de a bordo para consumo y para llevar Persona jurídica de transporte aéreo y marítimo internacional legalmente autorizada para funcionar en el País, a la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales le habilita un lugar dentro de las instalaciones de los aeropuertos y de los puertos marítimos con operación internacional, para el almacenamiento de mercancías destinadas al consumo de los pasajeros y miembros de la tripulación de las naves o aeronaves. No podrá tener adicionalmente la calidad de sociedad de intermediación aduanera, agente de carga internacional u operador de transporte multimodal. La habilitación se hace mediante resolución expedida por la DIAN. Depósito privado de provisiones de a bordo para consumo y para llevar
A-17 Depósito privado para envíos urgentes Persona jurídica que tiene la calidad de empresa de transporte internacional con licencia del Ministerio de Comunicaciones para ejercer la mensajería especializada, a la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales le habilita un lugar para el almacenamiento de mercancías de importación o exportación correspondientes a envíos urgentes. Debe ser intermediario de la modalidad de envíos urgentes y no podrá tener adicionalmente la calidad de sociedad de intermediación aduanera. Depósito privado para envíos urgentes
A-18 Depósito privado Persona jurídica a la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales le habilita un lugar para almacenar, bajo control aduanero, mercancías que vengan consignadas a la misma persona jurídica titular del depósito o a sus sociedades filiales o subsidiarias. No podrá tener adicionalmente la calidad de sociedad de intermediación aduanera, transportador, agente de carga internacional u operador de transporte multimodal. Depósito privado
A-19 Depósito público Persona jurídica a la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales le habilita un lugar para almacenar, bajo control aduanero, mercancía de cualquier usuario del comercio exterior. No podrá tener adicionalmente la calidad de sociedad de intermediación aduanera, usuario aduanero permanente, transportador, agente de carga internacional u operador de transporte multimodal. Depósito público
A-20 Depósito público para distribución internacional Persona jurídica a la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales le habilita un lugar en el puerto libre de San Andrés, Providencia y Santa Catalina para almacenamiento de mercancías extranjeras que serán sometidas prioritariamente a la modalidad de reembarque. No podrá tener adicionalmente la calidad de sociedad de intermediación aduanera, transportadora, agente de carga internacional u operador de transporte multimodal. Depósito público para distribución internacional
A-21 Exportador de café Persona natural o jurídica, que realiza operaciones de exportación de café y que se encuentra inscrito como tal ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Exportador de café
A-22 Exportador Persona natural o jurídica, que realiza operaciones de exportación de bienes o servicios con destino a otros países o a zona franca industrial de bienes y servicios. Exportador
A-23 Importador Persona natural o jurídica que realiza operaciones de importación de bienes o servicios desde otros países o desde zona franca industrial de bienes y servicios. Importador
A-24 Intermediario de tráfico postal y envíos urgentes Persona jurídica con licencia del Ministerio de Comunicaciones para realizar operaciones de mensajería especializada y autorizada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para desarrollar la actividad como intermediario en la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes. Debe tener adicionalmente la calidad de depósito privado de envíos urgentes y no puede ser titular de un depósito público o sociedad de intermediación aduanera. Intermediario de tráfico postal y envíos urgentes
A-25 Operador de transporte multimodal Persona jurídica inscrita como operador de transporte multimodal ante el Ministerio de Transporte, que cuenta con autorización otorgada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para realizar operaciones de transporte multimodal de carga por el territorio aduanero nacional. No puede tener la calidad de sociedad de intermediación aduanera o depósito público o privado Operador de transporte multimodal
A-26 Sociedad de intermediación aduanera Persona jurídica autorizada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para ejercer la actividad de intermediación aduanera en las operaciones de importación, exportación y tránsito aduanero. No puede tener a su vez la calidad de depósito público o privado, transportador, agente de carga internacional, ni empresa de transporte nacional para el tránsito aduanero. Sociedad de intermediación aduanera
A-27 Titular de puertos y muelles de servicio público o privado Persona jurídica poseedora de concesión para operar puertos o muelles marítimos o fluviales de servicio público o privado, habilitada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para el manejo de la operación de entrada y salida de carga del territorio aduanero nacional. No puede tener la calidad de sociedad de intermediación aduanera. Titular de puertos y muelles de servicio público o privado
A-28 Transportador aereo régimen de importación y/o exportación Persona natural o jurídica, organizada legalmente en Colombia, que en nombre propio o representación de terceros ejerce como actividad principal, la prestación de servicios de transporte internacional de carga y/o pasajeros. No puede tener la calidad de sociedad de intermediación aduanera. Transportador aéreo régimen de importación y/o exportación
A-29 Transportista nacional para operaciones del régimen de tránsito aduanero Persona jurídica cuyo objeto es el transporte de mercancías nacionales o de procedencia extranjera, dentro del régimen de tránsito aduanero, para lo cual requiere de autorización otorgada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. No puede tener la calidad de sociedad de intermediación aduanera. Transportista nacional para operaciones del régimen de tránsito aduanero.
A-30 Usuario comercial zona franca Persona jurídica autorizada para desarrollar actividades de mercadeo, comercialización, almacenamiento o conservación de bienes, en una o varias zonas francas. Usuario comercial zona franca
A-32 Usuario industrial de bienes zona franca Persona jurídica instalada exclusivamente en una o varias Zonas Francas, autorizada para producir, transformar o ensamblar bienes mediante el procesamiento de materias primas o de productos semielaborados. Usuario industrial de bienes zona franca
A-34 Usuario industrial de servicios zona franca El Usuario Industrial de Servicios es la persona jurídica autorizada para desarrollar, exclusivamente, en una o varias Zonas Francas, entre otras, las siguientes actividades: logística, transporte, manipulación, distribución, empaque, re empaque, envase, etiquetado o clasificación; telecomunicaciones, sistemas de tecnología de la información para captura, procesamiento, almacenamiento y transmisión de datos, y organización, gestión u operación de bases de datos; Investigación científica y tecnológica; asistencia médica, odontológica y en general de salud; turismo; reparación, limpieza o pruebas de calidad de bienes; soporte técnico, mantenimiento y reparación de equipos, naves, aeronaves o maquinaria; auditoria, administración, corretaje, consultoría o similares. Usuario industrial de servicios zona franca
A-36 Usuario operador de zona franca Persona jurídica, autorizada por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo o por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para dirigir, administrar, supervisar, promocionar y desarrollar una o varias Zonas Francas, así como para calificar a sus usuarios. Usuario operador de zona franca
A-37 Usuario aduanero permanente Persona jurídica autorizada como tal por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, por reunir las condiciones previstas en la norma aduanera y que adquiere algunas prerrogativas en la realización de sus operaciones aduaneras. No puede tener adicionalmente la calidad de depósito público. Usuario aduanero permanente
A-38 Usuario altamente exportador Persona jurídica autorizada como tal por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, por reunir las condiciones previstas en la norma aduanera y que adquiere algunas prerrogativas en la realización de sus operaciones de exportación. Usuario altamente exportador
A-39 Usuario de zonas económicas especiales de exportación Persona jurídica de cualquier nacionalidad que celebre con el gobierno nacional contrato de admisión a la zona; así mismo la persona jurídica nacional o extranjera, legalmente establecida en Colombia, que adelante obras de urbanización, construcción e infraestructura de servicios básicos, tecnológicos y civiles, y aquella que se dedique a la formación del recurso y potencial humano especializado, dentro del ámbito geográfico de operación de las zonas económicas especiales de exportación. Usuario de zonas económicas especiales de exportación
A-40 Deposito privado de instalaciones industriales Persona jurídica a la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales le habilita un lugar, para almacenar bajo control aduanero mercancías a las cuales se efectuarán los procesos de reparación y acondicionamiento dentro de la modalidad de importación temporal para perfeccionamiento activo de bienes de capital. No podrá tener adicionalmente la calidad de sociedad de intermediación aduanera, transportador, agente de carga internacional u operador de transporte internacional. Deposito privado de instalaciones industriales
A-41 Beneficiarios de programas especiales de exportación PEX Persona jurídica a la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales autoriza como beneficiario de los programas especiales de exportación, en calidad de productor nacional y/o productor-exportador del bienfinal. Beneficiarios de programas especiales de exportación PEX
A-42 Depósitos privados para mercancías en tránsito San Andrés Persona jurídica a la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales le habilita un lugar en el territorio del puerto libre de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, para almacenar bajo control aduanero mercancías en tránsito que vengan consignadas o endosadas en el documento de transporte al titular de la habilitación, con el fin de ser embarcada a otros puertos nacionales o extranjeros. No podrá tener adicionalmente la calidad de sociedad de intermediación aduanera, transportador, agente de carga internacional u operador de transporte internacional. Depósitos privados para mercancías en tránsito San Andrés
A-43 Observadores de las operaciones de importación Persona natural a la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales autoriza para apoyar técnicamente la administración aduanera en las diligencias de inspección previas al levante. Observadores de las operaciones de importación
A-44 Usuarios sistemas especiales Importación exportación Persona natural o Persona jurídica a la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales le autoriza para desarrollar programas especiales de importación-exportación bajo la modalidad de importación temporal para perfeccionamiento activo. Usuarios sistemas especiales Importación exportación
A-46 Transportador maritimo régimen de importación y/o exportación Persona natural o jurídica, organizada legalmente en Colombia, que en nombre propio o representación de terceros ejerce como actividad principal, la prestación de servicios de transporte internacional de carga. No puede tener la calidad de sociedad de intermediación aduanera. Transportador marítimo régimen de importación y/o exportación
A-47 Transportador terrestre régimen de importación y/o exportación Persona natural o jurídica, organizada legalmente en Colombia, que en nombre propio o representación de terceros ejerce como actividad principal, la prestación de servicios de transporte internacional de carga. No puede tener la calidad de sociedad de intermediación aduanera. Transportador terrestre régimen de importación y/o exportación
A-48 Aeropuerto de servicio publico o privado Persona jurídica administradora o poseedora de concesión para operar aeropuertos de servicio público o privado, habilitada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para el manejo de la operación de entrada y salida de carga al o desde el territorio nacional. La habilitación se otorga por Decreto del gobierno nacional o por resolución de carácter particular expedida por la DIAN. Aeropuerto de servicio público o privado
A-49 Transportador fluvial régimen de importación Persona natural o jurídica, organizada legalmente en Colombia, que en nombre propio o representación de terceros ejerce como actividad principal, la prestación de servicios de transporte fluvial de carga. No puede tener la calidad de sociedad de intermediación aduanera. Transportador fluvial régimen de importación
A-50 Usuario industrial zona franca especial Es la persona jurídica instalada exclusivamente en una zona franca, autorizada para producir, transformar o ensamblar bienes mediante el procesamiento de materias primas o de productos semielaborados. Usuario industrial zona franca especial
A-53 Agencias de aduanas 1 Las agencias de aduanas son las personas jurídicas autorizadas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para ejercer el agenciamiento aduanero, actividad auxiliar de la función pública aduanera de naturaleza mercantil y de servicio, orientada a garantizar que los usuarios de comercio exterior que utilicen sus servicios cumplan con las normas legales existentes. Agencias de aduanas 1
A-54 Usuario Operador Zona Franca Especial Es la persona jurídica instalada exclusivamente en una zona franca especial, autorizada para producir, transformar o ensamblar bienes mediante el procesamiento de materias primas o de productos semielaborados.53. Agencias de aduanas 1. Las agencias de aduanas son las personas jurídicas autorizadas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para ejercer el agenciamiento aduanero, actividad auxiliar de la función pública aduanera de naturaleza mercantil y de servicio, orientada a garantizar que los usuarios de comercio exterior que utilicen sus servicios cumplan con las normas legales existentes. Usuario Operador Zona Franca Especial
A-55 Agencias de aduanas 2 Las agencias de aduanas son las personas jurídicas autorizadas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para ejercer el agenciamiento aduanero, actividad auxiliar de la función pública aduanera de naturaleza mercantil y de servicio, orientada a garantizar que los usuarios de comercio exterior que utilicen sus servicios cumplan con las normas legales existentes. Agencias de aduanas 2
A-56 Agencias de aduanas 3 Las agencias de aduanas son las personas jurídicas autorizadas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para ejercer el agenciamiento aduanero, actividad auxiliar de la función pública aduanera de naturaleza mercantil y de servicio, orientada a garantizar que los usuarios de comercio exterior que utilicen sus servicios cumplan con las normas legales existentes. Agencias de aduanas 3
A-57 Agencias de aduanas 4 Las agencias de aduanas son las personas jurídicas autorizadas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para ejercer el agenciamiento aduanero, actividad auxiliar de la función pública aduanera de naturaleza mercantil y de servicio, orientada a garantizar que los usuarios de comercio exterior que utilicen sus servicios cumplan con las normas legales existentes. Agencias de aduanas 4
A-58 Transportador aéreo nacional Persona natural o jurídica, organizada legalmente en Colombia, que a nombre propio o representación de terceros ejerce como actividad principal la prestación de servicios de transporte nacional de carga y/o pasajeros y que participa en el transporte de carga aérea, dentro del proceso de salida de mercancías. Transportador aéreo nacional
A-60 Transportador aéreo, marítimo o fluvial modalidad Cabotaje Persona jurídica cuyo objeto es el transporte de mercancías nacionales o de procedencia extranjera, dentro del régimen de tránsito aduanero en la modalidad de cabotaje, para lo cual requiere de autorización otorgada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Transportador aéreo, marítimo o fluvial modalidad Cabotaje
A-61 Importador de alimentos de consumo humano y animal Persona natural o jurídica que realiza importaciones de mercancías consistentes en alimentos de consumo humano y animal de países colindantes a los departamentos de Vichada, Guajira (solamente operativas), Guainía, Amazonas y Vaupés, siempre y cuando se destinen exclusivamente al consumo local. Importador de alimentos de consumo humano y animal
A-62 Importador Ocasional Persona natural que se encuentre sujeta a realizar cambio de modalidad respecto de mercancías que excedan los cupos establecidos en la ley para las modalidades de viajeros, menajes, trafico postal y envíos urgentes, y los sujetos de las prerrogativas consagradas en el Decreto 2148 de 1991, y además realicen máximo dos de estas operaciones de importación en un periodo de un (1) año. Importador Ocasional
A-63 Importador de maquinaría y sus partes Decreto 2261 de 2012 Persona natural o jurídica que realiza importaciones de maquinaria y sus partes clasificada bajo las subpartidas arancelarias 8429.11.00.00, 8429.19.00.00, 8429.51.00.00 8429.52.00.00, 8429.59.00.00, 8431.41.00.00, 8431.42.00.00 y 8905.10.00.00, sujetas al régimen de licencia previa. Importador de maquinaría y sus partes Decreto 2261 de 2012
A-64 Beneficiario Programa de Fomento Industria Automotriz-PROFIA Persona jurídica a quien le fue otorgado mediante resolución por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el beneficio para importar con franquicia o exoneración del gravamen arancelario, las mercancías o bienes contenidos en las subpartidas arancelarias señaladas en el artículo 2 del Decreto 2910 de 2013; con el compromiso de incorporarlos en la producción de vehículos o autopartes para la venta en el mercado nacional o externo. Beneficiario Programa de Fomento Industria Automotriz-PROFIA
A-99 Otro tipo de agente aduanero